El Tribunal Electoral confirmó la constitucionalidad de los criterios del INE para validar asambleas en el proceso de nuevos partidos políticos. La decisión respalda la anulación de reuniones por doble afiliación, como ocurrió con la organización Personas Sumando. Magistrados señalaron que la verificación del quórum es preliminar y puede modificarse tras revisiones posteriores.
Con el fallo, se mantienen los conteos actuales de asambleas válidas para las organizaciones en proceso. El Tribunal también resolvió que un juez civil no puede ordenar al INE retirar propaganda electoral. En ese sentido, confirmó que se analice una queja relacionada con un promocional de Morena, sin que implique medidas inmediatas contra su difusión.

